¿Deberían las normas culturales y los valores religiosos afectar a quién hereda qué? Un artículo reciente sobre el abovethelaw.com El sitio web exploró un caso en Columbia Británica, Canadá, donde cuatro hermanas desafiaron un testamento en el que se les había dejado el 1.7 por ciento del patrimonio de sus padres, en comparación con sus dos hermanos que recibieron el 93 por ciento entre ellas.

El patrimonio tenía un valor de US $ 6.8 millones y el mes pasado, la Corte Suprema de Columbia Británica otorgó a cada hermana $ 1 millones, anulando el testamento y haciendo que cada uno compartiera el 15 por ciento, y cada uno de los hermanos recibió el 20 por ciento en lugar de lo que se había especificado originalmente.

El desafío a la última voluntad y testamento se basó en la "preferencia basada en la tradición". En Columbia Británica, la Ley de sucesiones y testamentos de Wills (WESA) tiene una disposición que significa que las hermanas podrían desafiar la última voluntad de sus padres debido a un trato desigual en función de su sexo.

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Normas culturales

En algunos sectores de la sociedad, ciertos padres argumentan que es una norma cultural tratar a sus hijos e hijas de manera diferente en un testamento, y que esto debería permitirse. Según el artículo anterior de la ley, se ha convertido en un problema recurrente en la Columbia Británica, especialmente entre la población del este asiático.

La familia en cuestión era propietaria de una granja. El testamento de los padres no explicaba por qué los hermanos iban a recibir la mayor parte de la herencia, pero en documentos legales anteriores relacionados con la granja, el padre se refirió a la costumbre de dejar la propiedad solo a los hijos. A pesar de no mencionar el desequilibrio en el testamento, el tribunal de Columbia Británica dijo que la distribución del patrimonio "no cumplía con los estándares morales de la sociedad canadiense", y que los hombres y las mujeres deberían ser tratados por igual.

No hay referencia de relación fallida

Las hijas habían dicho que el testamento no se refería a las razones de la discrepancia, como una relación fallida entre ellas o sus padres o la decepción, ya que esto puede usarse como un motivo de desheredación. Los puntos de vista culturales fueron los que se aplicaron y, por lo tanto, las hijas podían objetar la voluntad. La redistribución significaba que los hermanos aún recibían más que las hermanas como un guiño a la creencia cultural de los padres.

Abovethelaw comentó que el caso destacó la complejidad de los problemas que surgen en la planificación patrimonial gracias a las diferencias culturales y religiosas. El artículo se refería a "primogenitura"; El derecho por ley o costumbre del primogénito de heredar el patrimonio de sus padres, visto a través de las monarquías a lo largo de los siglos. La práctica podría provenir del Libro de Deuteronomio, que se refiere al padre que reconoce al primogénito y le da una doble participación en todo lo que posee.

 

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